Legales

Responsabilidad de carga, seguros y compromisos corporativos

1. Responsabilidad del Transportista
El transportista actúa exclusivamente como intermediario en la prestación del servicio de flete, conforme a las normas y convenios internacionales aplicables, incluyendo —entre otros— las Reglas de La Haya-Visby, las Reglas de Hamburgo y el Convenio CMR (para transporte terrestre en Europa).

El transportista no será responsable por pérdidas, daños o demoras en la entrega cuando sean consecuencia de:

Fuerza mayor, conflictos bélicos, disturbios civiles o condiciones climáticas adversas.
Defectos propios de la mercancía, embalaje inadecuado o deficiencias en la documentación provista por el remitente.
Actos u omisiones del remitente, destinatario o consignatario.
Intervenciones aduaneras o regulatorias que causen demoras o retenciones.


2. Embalaje y Declaración de la Carga

El remitente es el único responsable de:

Declarar correctamente el contenido, peso y dimensiones de la carga.
Asegurar que los bienes estén debidamente embalados para soportar condiciones normales de transporte.
Cumplir con todas las normativas aduaneras y de seguridad vigentes en los países de origen, tránsito y destino.
El transportista no verificará la veracidad de la información proporcionada y queda exento de responsabilidad en caso de declaraciones erróneas o incompletas.


3. Seguro de la Mercancía

El transportista no incluye automáticamente seguro de carga.
La responsabilidad por daños o pérdidas estará limitada según lo establecido por la legislación aplicable, salvo que el remitente contrate un seguro de transporte adecuado por su cuenta o a través del transportista bajo términos expresamente acordados.

Se recomienda a todos los clientes contratar un seguro que cubra el valor total de la carga ante riesgos de pérdida, daño o robo durante el transporte.


4. Limitaciones de Responsabilidad

En caso de que el transportista sea declarado responsable según la normativa vigente, su responsabilidad quedará limitada conforme a los convenios internacionales aplicables:

Reglas de La Haya-Visby: hasta 2 DEG (Derechos Especiales de Giro) por kilo de peso bruto dañado o perdido.
Reglas de Hamburgo: hasta 2,5 DEG por kilo o 835 DEG por unidad de carga.
Convenio CMR (transporte terrestre): hasta 8,33 DEG por kilo.
El transportista no asumirá responsabilidad por lucro cesante, pérdidas indirectas o daños consecuenciales derivados de demoras o daños en la carga.


5. Compromiso con la Ética y las Buenas Prácticas

El transportista se compromete a operar bajo los más altos estándares de ética y transparencia, asegurando que todas sus operaciones cumplan con la legislación vigente y con principios de honestidad, equidad y responsabilidad corporativa.

Está estrictamente prohibida toda forma de soborno, corrupción o práctica comercial desleal, reservándose el transportista el derecho de rechazar o cancelar cualquier servicio que comprometa estos principios.


6. Seguridad e Higiene en el Transporte

El transportista garantiza que todos sus servicios cumplen con los protocolos de seguridad operativa e higiene, de acuerdo con normativas locales e internacionales, incluyendo:

Mantenimiento y control periódico de las unidades de transporte.
Capacitación del personal en seguridad y manipulación de carga.
Cumplimiento de normativas ambientales para la reducción de emisiones y manejo responsable de residuos.
El remitente y el destinatario deben asegurar que las mercancías no representen riesgos sanitarios o ambientales y que cumplan con la normativa específica para su transporte.


7. Inclusión, Diversidad y Equidad

El transportista promueve una cultura organizacional basada en la igualdad de oportunidades, la inclusión y la diversidad, garantizando:

No discriminación por motivos de género, raza, religión, orientación sexual, discapacidad u otra condición.
Respeto por los derechos laborales de todos los empleados, socios y colaboradores.
Oportunidades equitativas de desarrollo profesional en un entorno seguro e inclusivo.
Se espera que clientes, proveedores y socios comerciales compartan estos valores en todas sus interacciones con la empresa.


8. Declaración de Mercancías Restringidas o Peligrosas

El remitente es responsable exclusivo de declarar y cumplir con la normativa internacional sobre transporte de mercancías peligrosas, incluyendo:

Sustancias químicas, explosivos, productos inflamables y gases comprimidos.
Materiales biológicos o contaminantes.
Baterías de litio y otros productos regulados.
Bienes sujetos a regulaciones de importación/exportación o sanciones económicas.
El transportista se reserva el derecho de rechazar o retener cualquier carga que no cumpla con la normativa internacional aplicable.


9. Responsabilidad en Procesos Aduaneros y Documentación

El transportista no será responsable por demoras, costos adicionales o confiscaciones derivadas de:

Errores en la documentación provista por el remitente o el destinatario.
Requisitos aduaneros específicos no cumplidos por el cliente.
Impuestos, aranceles o tasas impuestas por autoridades gubernamentales.


10. Plazos para Reclamos

Cualquier reclamo por pérdida o daño deberá ser notificado por escrito dentro de los siguientes plazos:

Daños visibles: al momento de la entrega.
Daños ocultos o pérdidas parciales: dentro de los 7 días posteriores a la entrega.
Pérdida total o demoras excesivas: dentro de los 30 días posteriores a la fecha prevista de entrega.
Vencido este plazo, no se aceptarán reclamos y se considerará que la carga fue entregada en condiciones adecuadas.


11. Jurisdicción y Ley Aplicable

Cualquier controversia estará sujeta a la jurisdicción de los tribunales del país donde el transportista tenga su sede principal, salvo acuerdo en contrario.


12. Cláusula de Fuerza Mayor

El transportista no será responsable por incumplimientos o demoras ocasionadas por eventos fuera de su control, tales como desastres naturales, conflictos armados o restricciones gubernamentales.


13. Aceptación de Términos

Al contratar los servicios de transporte, el cliente declara haber leído y aceptado los términos de este descargo de responsabilidad, eximiendo al transportista de cualquier reclamo que exceda los límites de responsabilidad aquí establecidos.